La alcaldía distrital notificó a través de la Secretaría de Movilidad, el fin del plazo para hacer el trámite de traspaso a persona indeterminada, dicha fecha en la que los colombianos pueden hacer esta gestión en las entidades de movilidad, es hasta este 6 de agosto del presente año.
El distrito enfatizó en la importancia de este recurso legal para los ciudadanos que en algún momento vendieron un vehículo automotor (carros, motos), y no realizaron el traspaso correspondiente, situación común en ventas informales o en casos donde no se completó oportunamente la información y documentación.
Cabe resaltar el plazo que había estipulado el Ministerio de Trasporte bajo la Resolución 20223040044765 del 3 de agosto de 2022, fue por un lapso de 3 años, con el fin de que la persona figurara en el RUNT, pudiera desvincularse legalmente del vehículo, siempre y cuando demuestre que no tuvo contacto con la máquina, ni con el dueño actual, durante un mínimo de 3 años.
¿QUÉ PASA SI NO REALIZA EL TRÁMITE DENTRO DE ESTA FECHA?
Deberá responsabilizarse de los cargos civiles y en materia de tránsito que se puedan realizar con el vehículo, cómo:
-Seguirá siendo responsable de los impuestos, incluso si no tiene el vehículo.
-En caso que el vehículo esté involucrado en un accidente, delito o un proceso judicial, el responsable legal de este suceso, será quien figure como titular registrado.
-Podrá ser reportado negativamente en centrales de riesgo y procesos de cobros coactivos.
-Las multas, comparendos, embargos y sanciones, serán responsabilidad del antiguo dueño.
Por: Dana Alejandra Cely Medina